"Liquidación del impuesto a la renta de las personas naturales y sucesiones indivisas correspondientes al ejercicio económico 2012"
29.02.2012 22:57
Art. 1.- Para la liquidación del impuesto a la renta de las personas naturales y sucesiones indivisas correspondientes al ejercicio económico 2012, se modifican los valores de la tabla vigente para el ejercicio económico 2011, conforme el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en base a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre del 2011.
Art. 2.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, los rangos de la tabla prevista en el literal a) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno serán los siguientes, mismos que regirán para los ingresos percibidos por personas naturales y sucesiones indivisas, a partir del 1 de enero del 2012:
IMPUESTO A LA RENTA 2012 |
|||
Fracción básica |
Exceso hasta |
Impuesto fracción básica |
% Impuesto fracción excedente |
- |
9.720 |
- |
0% |
9.720 |
12.380 |
- |
5% |
12.380 |
15.480 |
133 |
10% |
15.480 |
18.580 |
443 |
12% |
18.580 |
37.160 |
815 |
15% |
37.160 |
55.730 |
3.602 |
20% |
55.730 |
74.320 |
7.316 |
25% |
74.320 |
99.080 |
11.962 |
30% |
99.080 |
En adelante |
19.392 |
35% |
Art. 3.- Para la liquidación del impuesto a la renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones correspondientes al ejercicio económico 2012, se modifican los valores de la tabla vigente para el ejercicio económico 2011, conforme el artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en base a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre del 2011.
Art. 4.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, los rangos de la tabla prevista en el literal d) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno serán los siguientes, mismos que se regirán para los ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones, a partir del 1 de enero del 2012:
IMPUESTO HERENCIA, LEGADO Y DONACIONES 2012 |
|||
Fracción básica |
Exceso hasta |
Impuesto fracción básica |
% Impuesto fracción excedente |
- |
61.931 |
- |
0% |
61.931 |
123.874 |
- |
5% |
123.874 |
247.737 |
3.098 |
10% |
247.737 |
371.610 |
15.484 |
15% |
371.610 |
495.484 |
34.064 |
20% |
495.484 |
619.358 |
58.839 |
25% |
619.358 |
743.221 |
89.808 |
30% |
743.221 |
en adelante |
126.967 |
35% |
———
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